Abuelita no tengo dinero para tu pensión…
Así es, ahora resulta que los nietos van a cargar con los abuelos de mantenerlos económicamente darle su pensión mensualmente, claro que no es nada mas así, tiene su proceso en el cual poss el abuelito, anciano rukito tiene que comprobar de que no tiene ingresos mensualmente como llevarse su bocado de comida o de fumarse un cigarrito los pobres viejitos, con eso que muchos hijos abandonan a los viejitos poss el gobierno ahora están viendo que ayuden a los pobres ancianos, aunque desde mi punto de vista como que la neta que un nieto le carguen la responsabilidad solo porque sus papas no quisieron ver por los abuelos eso se me hace una jalada disculpen por la palabra la neta pero ahí cada quien opinara diferente, hay le dejo lo que salió en el Universal como esta la cosa de los ancianos; así que Topo, Cooosmos, ahorren para que mantengan a sus abuelos y le compren sus botellas de licor y sus cigarros mensualmente o mínimo su chocolate abuelita para que tenga para beber en las tardes jajajajaja
El Universal
Jueves 12 de junio de 2008
La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que los adultos mayores tienen derecho a solicitarles una pensión alimenticia a sus
hijos o nietos, pero siempre y cuando comprueben que no cuentan con recursos para valerse por sí mismos.
Para apoyar a los abuelos, los ministros de la Primera Sala de la Corte establecieron una tesis con base en la cual dejaron a los jueces en la posibilidad de aplicar un criterio humano al valorar pruebas con las que se pretenda demostrar que un adulto mayor requiere de la pensión para subsistir.
La intención es evitar que los jueces que atienden este tipo de asuntos sean muy rigoristas y privilegien el favorecer a los adultos mayores que se presuma que están en una situación social y económica de notable desventaja.
La Corte se tuvo que manifestar sobre este tema porque tres tribunales federales con sede en la capital del país emitieron resoluciones contradictorias al revisar casos similares en los que una persona de la tercera edad reclamó una pensión.
Dos tribunales colegiados en materia civil llegaron a la conclusión de que cuando un adulto mayor reclama una pensión debe demostrar que realmente la necesita, en tanto que otro determinó que por el solo hecho de ser de la tercera edad debe presumirse que necesita la pensión, sin que aporte pruebas para demostrarlo.
Al revisar este caso, en la contradicción de tesis número 19/2008-PS, la Corte llegó a una decisión intermedia y, a propuesta del ministro José Ramón Cossío, determinó que “aunque los ascendientes deban aportar elementos que acrediten su necesidad de recibir alimentos, los juzgadores deben valorarlos de un modo sensible al mandato de especial protección de personas que se encuentran en una situación social y económica de notable desventaja”.
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